BOLETIN N° 06/2020
Buenos Aires, 31 de agosto de 2020.-
Estimados Entrenadores y Dirigentes:
Conforme a lo dispuesto por el Gobierno Nacional respecto a la autorización para la vuelta a los entrenamientos de los deportes individuales, medida que fuese dada a conocer mediante el Boletín Oficial, del 24 de agosto del corriente, y que alcanza exclusivamente a los atletas de Selección Nacional, el Consejo Directivo de la FAP ha resuelto lo siguiente:
1 – Presentar ante las entidades gubernamentales correspondientes, el listado de atletas de Interés Nacional, elaborado por esta Federación, a los efectos de cumplir con el proceso de autorizaciones para la vuelta a la práctica de los entrenamientos deportivos, en sus lugares de origen.
2 – Solicitar a los entrenadores responsables de dichos atletas, que una vez recibido el conforme de Secretaria de Deportes de la Nación, realicen la gestión personal ante el gobierno de su Municipio/Provincia, para que logren homologar la vuelta a los entrenamientos, conforme protocolo vigente a tales efectos.
3 – Informar a los entrenadores que deben gestionar a través de las plataformas digitales correspondientes, los permisos necesarios de libre circulación, para ellos y sus respectivos atletas, encuadrado como “excepción por entrenamiento deportivo”, el cual entro en vigencia a partir del día 24 de agosto del corriente.
4 – Para un mejor proveer, adjuntar al presente Boletín, copia del Protocolo de Entrenamiento de Pesas, aprobado por Secretaria de Deportes y Ministerio de Salud de la Nación.
5 – Informar a toda la comunidad pesística que en un corto plazo, será publicada una reforma en la política arancelaria, acorde a las circunstancias que imperaron durante este año.
Consejo Directivo de la FAP